ACUERDO ACDO.SA1.HCT.240210/42.P.DIR del H. Consejo Técnico por el que se aprueba modificar el Anexo Unico del Acuerdo número 290/2005, contenido en la nota aclaratoria publicada el 24 de febrero de 2006, y los formatos Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio, Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio y Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo.
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 24 de febrero del presente año, dictó el ACDO.SA1.HCT.240210/42.P.DIR, en los siguientes términos:
Primero.- Modificar el Anexo Unico del Acuerdo número 290/2005, contenido en la Nota Aclaratoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2006, con la finalidad de precisar y adicionar diversos datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar, a los trámites de registro patronal inicial; de inscripción de las empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo; y de modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo, el cual se acompaña al presente, como Anexo Uno.
Segundo.- Aprobar los formatos 'Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio' (Anexo Dos); 'Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio' (Anexo Tres); y 'Aviso de modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo' (Anexo Cuatro); y sus respectivos instructivos.
Tercero.- Dejar sin efectos los formatos denominados 'Inscripción de las Empresas y Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo' (CLEM 01) y ‘Aviso de Inscripción Patronal o de Reanudación de Actividades’ (AFIL 01-A), publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 1o. de noviembre de 2005 y el 1o. de agosto de 2006, respectivamente.
Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, previo dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, realice los trámites necesarios para la publicación del presente Acuerdo y sus respectivos anexos en el Diario Oficial de la Federación.
Quinto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que realice las acciones necesarias, a efecto de que las disposiciones de los puntos Primero, Segundo y Tercero del presente Acuerdo, sean de observancia general en Delegaciones, Subdelegaciones y demás Unidades Administrativas que correspondan a Nivel Normativo.
Sexto.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.
Por lo anterior expuesto, este acuerdo del H. Consejo Técnico es vigente a partir del día 18 de marzo de 2010, en breve tendremos comentarios al mismo.
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