domingo, 31 de enero de 2010

Sistema fiscal Mexicano estimula la evasión: CEESP


México tiene un sistema fiscal complejo y costoso que estimula la evasión, afirmó el Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP).
"El grado de complejidad, multiplicidad de tasas y diversos regímenes especiales alientan la cultura del no pago y conducen a que paguen más los que menos deberían, con un costo de cumplimiento excesivo para el contribuyente y las autoridades". Al atender los incentivos y las causas de la evasión, dijo, se tiene un punto de partida para el desarrollo de políticas orientadas a combatirla, por lo que un elemento central para elevar la eficiencia y equidad del sistema tributario es la simplificación.
Para el organismo, lo ideal es tener un sistema tributario que eleve el ritmo de crecimiento y contribuya a mejorar la distribución del ingreso, además de que asegure el cumplimiento equitativo y apropiado del pago de impuestos.
En su publicación semanal 'Análisis económico ejecutivo', considera que en el periodo de sesiones del Congreso de la Unión que inicia a partir de este lunes, la atención se centrará en la discusión sobre la reforma fiscal.
Esto no quiere decir que otras reformas sean menos importantes, como la política o la laboral, precisa, pero las necesidades del país requieren antes que otra cosa un entorno fiscal que estimule la actividad económica y contribuya a mejorar la distribución del ingreso.
Refiere que un sistema tributario eficiente debe considerar reglas claras y de fácil entendimiento para los ciudadanos. Asimismo, debe ser lo menos costoso posible y sencillo de administrar por parte de las autoridades.
Estos aspectos, subraya el organismo de investigación del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), son esenciales para fomentar el pago de impuestos y evitar la evasión fiscal, ya que en México se tiene un sistema complejo y costoso.
"La multiplicidad de impuestos, exenciones, tasas diferenciadas e impuestos especiales, hacen del sistema tributario un estímulo para la evasión y la elusión", afirma al referirse que según cifras de la Secretaría de Hacienda, la evasión fiscal fue equivalente al 26.2% en 2007.
Afirma que para asegurar el cumplimiento equitativo y apropiado del pago de impuestos es necesario establecer un sistema administrativo funcional, que recaude impuestos e imponga sanciones por incumplimiento a un bajo costo.

Artículo tomado de el Universal online


viernes, 29 de enero de 2010

Modificación al Reglamento de Guarderias IMSS



El pasado 29 de diciembre de 2009 se publicó en el DOF. una modificación interesante al Reglamento para la prestación de los servicios de guarderias del IMSS, el cual pretende resolver la problemática que se ha detectado en algunas guarderias en los casos que se determine que existe riesgo para los menores, empleados y en general para las personas que acudan a dicho inmueble de que se suspendan los servicios de la misma.

¿En estos casos que sucede con los menores (y sus padres) que venian recibiendo este servicio? pues con esta modificación se prevee que se otorgue a los padres afectados una ayuda en efectivo equivalente a la cuota que cubre el Instituto a los prestadores de servicios de guarderias en la localidad que corresponda, con el fin de proporcionar a sus hijos los cuidados necesarios durante su jornada de trabajo.
Lo anterior en comento se publicó mediante el Acuerdo ACDO.HCT.161209/306.P.DJ y DPES del Consejo Técnico, dictado en la sesión extraordinaria celebrada el 16 de diciembre de 2009, reiterando la fecha de publicación en Diario Oficial del 29 de dciembre de 2009




martes, 26 de enero de 2010

Cliente pequeño, ¿quienes son los mejores clientes?



"Los mejores clientes son los que más compran, por lo que toda la atención debe enfocarse en ellos, no importando si se llega a descuidar a los demás" ¡Grave Error!.

Cuantas veces nos preguntamos quienes son los clientes que más debemos de cuidar o procurar y no sabemos si los parametros que estamos considerando para esto son los correctos, el paradigma tradicional que el mejor cliente es el que más compra no siempre resulta ser verdadero.

Acerca de este tema les sugiero el artículo de Jose Alfredo Velasco publicado en el portal del IMCP cuyo link de enlace es el siguiente:

http://www.imcp.org.mx/spip.php?article2904

sábado, 23 de enero de 2010

Efectos del incremento en los Salarios Mínimos 2010

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó en diciembre en el Diario Oficial de la Federación los salarios mínimos generales y profesionales que están vigentes desde el primero de enero de 2010.
La cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo será de:

Área geográfica A $ 57.46
Área geográfica B $ 55.84
Área geográfica C $ 54.47

Es importante recordar los efectos que trae consigo este incremento en los salarios mínimos para efectos fiscales, ya que diversas referencias se hacen a el en las disposiciones fiscales para multas, cuotas de pagos, retenciones etc.
Para efectos de seguridad social en primer lugar debemos ocuparnos de aplicarlo en el SUA, ya que algunos parámetros considerados en este programa para el pago de cuotas al IMSS y al Infonavit dependen de este dato, y de no modificarlo a partir del pago de enero 2010 generará diferencias, así mismo debemos aplicar estos nuevos salarios mínimos en nuestros programas y sistemas de nómina ya que de no hacerlo estaríamos calculando de manera erronea retenciones a los trabajadores, más aun a los trabajadores que tienen crédito con el Infonavit y su retención esta fijada en veces del salario minimo.
Cabe mencionar que con este incremento, de manera automática se incrementan las multas que están expresadas en veces del salario mínimo tanto en la ley del Seguro Social como en la del Infonavit. Asimismo, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos estableció como todos los años por áreas geográficas los salarios mínimos para las profesiones, oficios y trabajos especiales entre ellos los de carpintero, enfermería, hojalatero, chofer de camión, velador, electricista, entre otros.

jueves, 21 de enero de 2010



Con fecha 20 de enero el SAT, en su portal libera la versión del programa DIOT 2010 V.1.1.2, para elaborar y presentar la Declaración Informativa para Operaciones con Terceros, y asi mismo la Declaración Informativa en Medios Magnéticos DIMM V. 2010.
Usted puede acceder a esta información en el portal del SAT en los siguientes links:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_10835.html

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_9951.html


Si ustede desea acceder directamente a la descarga de estas versiones:

Declaración Informativa para Operaciones con Terceros DIOT 2010
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_ftp/programas/diot10/DIOT_2010.exe
Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos Versión 2010 (DIMM) y Formulario 90
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_ftp/programas/dimm10/DIMM_2010.exe

martes, 19 de enero de 2010

Folio 24 del IMCP relativo a Infonavit


El día de hoy el Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de su Vicepresidencia de Fiscal y de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS), da a conocer que mediante oficio SGRF/GF/6885/09 de fecha 29 de diciembre de 2009, el Lic. Federico Pérez Ramírez, Gerente de Fiscalización de la Subdirección General de Recaudación Fiscal del INFONAVIT, solicita difundir a la membresía:
Que con motivo del cierre temporal del SICOP, este Organismo tomó la decisión de emitir otro procedimiento para la presentación de Avisos y Dictámenes para efectos de la Ley del INFONAVIT, de los anexos del Dictamen Fiscal, así como de la Constancia de Norma de Educación Profesional Continua.
El procedimiento será por medio de presentación de acuses en papel y en discos compactos, debiendo ser entregada esta información en cada una de las Delegaciones Regionales, en función al domicilio fiscal del patrón. El procedimiento se detalla en los lineamientos emitidos para cada caso en específico.
Los formatos necesarios estarán a disposición de los interesados en las Delegaciones Regionales, acudiendo con una memoria USB, o bien, solicitándolos por medio del correo electrónico: dictamen@infonavit.org.mx
En los anexos que acompañamos, se incluye, entre otras cosas, lo siguiente:
1. Proceso de recepción y validación de los avisos y dictámenes para efectos del INFONAVIT por el ejercicio 2009 y anteriores
2. Instructivo de recepción de los anexos del dictamen fiscal ejercicio 2009 y anteriores
3. Presentación de la constancia de la norma de Educación Profesional Continua.
4. Modelos de opinión bajo normas de atestiguamiento.

El folio en cuestión contiene 10 anexos con formatos, intructivos y modelos de opinión, se puede encontrar en el siguiente link:

http://www.imcp.org.mx/spip.php?article2884

lunes, 18 de enero de 2010

Gastos de Previsión social no deducibles para el IETU







En la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (LIETU), del análisis que se realice a su artículo 5º, se observa que los gastos de previsión social son una deducción no autorizada ni un concepto acreditable.
Lo anterior, causa un perjuicio a aquellos patrones que establecieron planes de previsión social para empleados y trabajadores, pues ahora nace la necesidad de que con justicia se logre la deducción de los gastos de previsión social a favor de los trabajadores y con el equivalente de acreditamiento de sus pagos.
Esto dará pie a posibles negociaciones con los empleadores, trabajadores y sindicatos para que se logre el objetivo de la empresa.
Esta búsqueda de negociar sin perjudicar al trabajador entrañaría diversos efectos en las cuotas al IMSS, Infonavit, SAR y al Impuesto sobre nóminas que el Estado ha tomado como fuente de recursos.
Las partidas que resulten dejarán de considerarse previsión social para convertirse en gasto o en el peor de los casos como remuneraciones de conformidad con la Ley Federal del Trabajo.
Es oportuno analizar los pagos por primas de vacaciones, cuotas pagadas al IMSS, gastos de gasolina y lubricantes, gastos para el entrenamiento y capacitación de los trabajadores, comedores para el personal, ropa de trabajo, premios por puntualidad y otras, que puedan llevar al patrón a una permanente negociación para sustituir la previsión social que durante tantos años constituyó un recurso para el ahorro de impuestos para los trabajadores.
En apoyo a lo anterior, es importante tomar en consideración que la previsión social significa prever y tomar acciones para atender las necesidades que coadyuven al mejoramiento de la condición social, económica y humana de los trabajadores.
En este sentido, la previsión social no sólo abarca situaciones o circunstancias a futuro como son los fallecimientos, incapacidades, enfermedades, etc., sino también aspectos inmediatos como son: educación para el trabajador y sus hijos, actividades culturales y deportivas, guarderías infantiles, los fondos de ahorro, etc., en cuyo caso las prestaciones preventivas que se otorgan a los trabajadores ya no son prestaciones a futuro o inciertas como se consideran en el criterio tradicional de previsión social, sino que son prestaciones para prever a mediano y corto plazo las contingencias que puedan afectar a los trabajadores y a sus dependientes económicos e incluso llegan a regular situaciones del presente.
De tal forma que las prestaciones se otorgan conjuntamente con el salario del trabajador en forma semanal o quincenal, tal es el caso de las guarderías infantiles, los fondos de ahorro, las becas educacionales para los trabajadores o sus hijos y las actividades culturales y deportivas.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta reconoce las contingencias a corto y mediano plazo, así como las necesidades que suceden en el presente. De esta manera reconoce el derecho de los trabajadores a gozar de la previsión social, aceptando que corresponden a este rubro: jubilaciones, fallecimientos, invalidez, servicios médicos y hospitalarios, subsidios por incapacidad, becas educacionales para el trabajador y sus hijos, fondos de ahorro, guarderías infantiles, actividades culturales, actividades deportivas y otras de naturaleza análoga.
Los gastos anteriores tendrán las siguientes limitaciones, de acuerdo a lo establecido en los artículos 19 al 23 del Reglamento del ISR.
Consideramos entre otros como gastos de previsión social análogos los siguientes: vales de despensa, ayuda para renta de casa, premios por puntualidad, servicios de comedor o comida.
Por lo anterior, al momento en que los gastos de previsión social no son deducibles y el crédito que se otorga no aplica para este concepto, implica que muchas empresas tendrán que tomar medidas para reducir esos conceptos, por lo que el IETU lejos de lograr un impuesto de control a favor de la formalidad, se estima que es un factor real en contra del empleo.
Finalmente, si bien la LIETU contempla una mecánica, al no permitir la deducción de sueldos y salarios y para compensar esto, permite al contribuyente acreditar un importe equivalente a los sueldos y salarios multiplicados por la tasa del IETU, con lo que supuestamente el efecto final es cero, por lo que si bien, respecto de las nóminas que incluyan los sueldos y salarios, al ser conceptos no deducibles, pero posteriormente se les da un crédito por el mismo importe, entonces para las autoridades no existe ninguna afectación para los contribuyentes; no así a los gastos de previsión social, los cuales deben sustituirse por gastos o remuneraciones acreditables, no sin antes cuantificar las cuotas al IMSS, Infonavit, el impuesto local sobre nóminas y desde luego, el ISR a cargo de sus trabajadores.

Presentación de avisos y dictamentes ante el Infonavit


Estimados colegas y amigos:

Debido a los problemas que se han observado en la presentación de dictámenes y avisos en materia de INFONAVIT, así como de los anexos del dictamen fiscal ante dicha autoridad (SICOP), esa autoridad está dando a conocer mediante comunicado incorporado en su página, un procedimiento alterno para cumplir con tales obligaciones.

El procedimiento alterno consiste en la presentación de la información correspondiente en discos compactos, mediante acuses impresos (papel), en las delegaciones regionales que correspondan al domicilio fiscal del patrón. La información que podrá ser presentada por este procedimiento alterno es la siguiente:

*Anexos del dictamen fiscal 2009 y anteriores.
*Dictamen Infonavit 2009 y anteriores.
*Presentación de avisos 2009, incluyendo sustitución de CPA
*Presentación de EPC.

Se precisa que para el caso de los anexos del dictamen fiscal, así como del dictamen en materia de Infonavit, correspondientes al ejercicio 2008 pendientes de entregar, podrán presentarse con el procedimiento alterno a partir del 4 de enero y hasta el 26 de febrero de 2010. El procedimiento se detalla en los lineamientos que se dan a conocer en el mismo comunicado.

En breve el IMCP publicará un folio con esta información y los archivos de los formatos para su presentación.

domingo, 17 de enero de 2010

Confirmado, Trilogia de Avatar


La cinta está nominada a cuatro Globos de Oro tras obtener un récord en taquilla y en espera de ser galardonado en los Globos de Oro, el director James Cameron confirmó que 'Avatar' será una trilogía, aunque antes de su llegada al cine, se pensó que el proyecto sería una saga.
"He tenido la trama en mi mente desde el principio, incluso hay escenas que dejé porque nos guían hasta la secuela. Desde el punto de vista empresarial sólo tiene sentido pensar en 'Avatar' como un marco de dos o tres películas", afirmó el cineasta a la revista especializada Entertainment Weekly.
Además, el también realizador de 'Titanic' manifestó el arduo trabajo que representó recrear el mundo de 'Pandora' y sus criaturas, mismos que quiere aprovechar en más filmes.
"Las plantas, árboles, criaturas, el aparato musculo-esquelético de los personajes principales, todo ello llevó mucho tiempo de creación. No usarlo de nuevo sería como tirarlo a la basura", agregó.
Mientras ha recibido correos electrónicos con sugerencias para la secuela, Cameron añadió que los actores que intervienen en la película, entre los que se encuentran Sam Worthington, Zoe Saldaña y Michelle Rodríguez, e incluso quienes interpretan personajes asesinados al final, como Stephen Lang, están interesados en la segunda parte.
'Avatar' ha recaudado, hasta el momento, 1.3 millones de dólares en taquillas de todo el mundo, y está nominada a cuatro Globos de Oro, en las categorías Mejor Película de Drama, Director, Guión Cinematográfico, y Canción Original, mismos que se entregarán este domingo.

sábado, 16 de enero de 2010

Haití, la peor catástrofe que ha enfrentado la ONU


Estar frente a un país ‘decapitado', sin estructuras políticas o gubernamentales en las que podamos ayudarnos y coordinar la ayuda y labores de rescate, complica todo, dijo la funcionaria de naciones Unidas Elisabeth Byrs

La Oficina de Coordinación de Ayuda Humanitaria de Naciones Unidas (OCHA) describió hoy la situación que vive Haití tras el sismo como 'la peor catástrofe a la que se han enfrentado las Naciones Unidas'.

'Es una catástrofe histórica (...) ésta es la peor situación humanitaria a la que se ha enfrentado la ONU', afirmó la portavoz de la OCHA, Elisabeth Byrs, en declaraciones a la televisión local.

Byrs señaló que desde el punto de vista de asistencia humanitaria nunca se habían enfrentado a una situación tan compleja. Eso 'debido a que estamos frente a un país ‘decapitado', sin estructuras políticas o gubernamentales en las que podamos ayudarnos y coordinar la ayuda y labores de rescate, nunca hemos estado en circunstancias similares'.

Folio 22 publicado por el IMCP, SUDI


El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de su Vicepresidencia de Fiscal y de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS), da a conocer que mediante oficio número 09 90 01 93 20 / 754, de fecha 11 de diciembre de 2009, la Lic. Francisca Gabriela Calles Villegas, Titular de la Coordinación de Corrección y Dictamen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), nos solicita difundir a la membrecía lo siguiente:

El IMSS ha dado a conocer la implantación del Sistema Único de Dictamen (SUDI), para que en los meses de enero a abril de este año, los patrones que se encuentren obligados a dictaminar sus obligaciones ante dicho Instituto, por Contador Público Autorizado (CPA), y aquellos que opten por dictaminarse, podrán presentar los avisos de dictamen.

El IMSS indica que esta herramienta permitirá a los CPA formular el dictamen de una manera simplificada, con el consecuente ahorro en el tiempo de su elaboración, al reducir la captura manual, además de la reducción de costos de operación, al disminuir considerablemente la impresión de documentación, entre otros beneficios.

La aplicación puede descargarse en la página de Internet del IMSS en la siguiente dirección:

http://www.imss.gob.mx/patrones/Sist_+unico_Dictamen.htm

Es importante considerar que para su operación, el sistema realiza algunas validaciones de seguridad, razón por la cual es necesario contar con los datos de los CPA actualizados, con el objeto de evitar contratiempos en los trámites respectivos.

Por lo anterior, es necesario que a la brevedad, el CPA realice la actualización de los datos de su registro ante la Subdelegación del IMSS que le corresponda, ya que además de cumplir con una obligación legal, podrá llevar a cabo el proceso de presentación de los avisos de dictamen para efectos de la Ley del Seguro Social.