viernes, 9 de abril de 2010

Complemento 3.2.8 para el SUA


Con el complemento 3.2.8 para el SUA, se da a conocer la nueva actualización del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), con el cual se hacen las siguientes adecuaciones respecto al:

Instituto Mexicano del Seguro Social
* Verifican y corrigen las rutinas de importación de trabajadores y movimientos.
* Corrige la actualización por importación del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP) y Clave de Ubicación de los trabajadores, y
* Solventan otros errores que afectaban la operación del sistema.


Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
* Ajusta el proceso de diferencias, subsanando reportes, y
* Amplía el año de pago hasta el 2015.


Por otro lado, con este complemento se hacen las siguientes adiciones al Sistema:
* Permite guardar los discos de pago en unidad diferente a floppy con el tamaño y formato adecuado para copiarlos a diskette, con ello se evita que el patrón tenga que realizar nuevamente los cálculos en caso de que el diskette estuviese dañado.
* Incluye una rutina para leer los archivos de pago y enviarlos a Excel, con el detalle de movimientos y cuotas obrero-patronales pagadas por trabajador, así como los datos generales de la empresa.
* Verifica los INPC y recargos hasta febrero de 2010, al iniciar el Sistema, reemplazando los existentes y convirtiéndolos en históricos, con lo cual se evita que los patrones tengan problemas en cálculos con factores erróneos, y
* Revisa los salarios mínimos de las áreas geográficas, al iniciar el Sistema y al entrar en el módulo de Cálculos, informando al patrón si existen diferencias en importes y fechas, si algún dato es incorrecto, tendrán que verificar de 2005 a 2010, si no bloqueará el cálculo hasta que estos sean los correctos.
Antes de instalar el complemento, el usuario del Sistema debe tener privilegios de Administrador y asegurarse de hacer un respaldo de la información que tiene en el SUA para lo cual tendrá que ubicar la opción Respaldar información en el menú Utilerías de dicho Sistema.

Vigencia: A partir del 30 de marzo de 2010.
Fuente: Instituto Mexicano del Seguro Social (
www.imss.gob.mx), 30 de marzo de 2010.

lunes, 29 de marzo de 2010

Alcance de las iniciativas de Reformas al Infonavit


Las iniciativas de reformas a la Ley del Infonavit significarán una modernización total del instituto: trabajadores que no cotizan al instituto podrían obtener un crédito para comprar vivienda, jóvenes podrán disponer de dinero de su cuenta de Afore para adquirir una propiedad y personas en edad de retiro y que no hayan ejercido un crédito recibirían la devolución de sus aportaciones patronales de manera inmediata. También se abriría la posibilidad de que el Infonavit emita papel en el extranjero para financiar vivienda.
Víctor Manuel Borrás, director general del Infonavit, detalló en entrevista los cambios que implicarían las iniciativas de reforma del gobierno federal en la Ley del Infonavit y del IMSS, las cuales permitirían, por primera vez, enlazar dos sistemas que surgieron y operan desfasados: el de pensiones y el de vivienda, en beneficio del trabajador. El funcionario considera que hay probabilidades de que sean aprobadas en el actual periodo de sesiones.Sin reformas, indicó, entre 2014 y 2025 la colocación de créditos del Infonavit se iría a la mitad debido a que el déficit de vivienda caería entre los trabajadores de la iniciativa privada, cumpliéndose el mandato por el que fue creado el instituto en 1972. Con la reforma, indicó, se aprovecharía la infraestructura del Infonavit para colocar créditos y se incorporaría a trabajadores que hoy no tienen acceso a un financiamiento para comprar una casa.A la industria de la construcción, dijo, le beneficia, pues la reforma es de largo plazo, con cambios graduales que incorporan a más trabajadores.
"Al sector vivienda le beneficia mucho. Si no hacemos esta reforma en 2014 y 2015 el Infonavit tendría que reducir a la mitad sus programas de crédito por el déficit de vivienda" que se generaría entre los trabajadores del sector privado.
Cinco cambios serían los ejes rectores de la reforma, en la parte que toca al Infonavit.
Uno. Los trabajadores que coticen al instituto y no ejercieron un crédito, recibirían en automático sus aportaciones patronales en la subcuenta de vivienda (artículo octavo transitorio), sin "perder" su dinero o tener que entablar un litigio para recuperarlo. Hay 30 mil litigios por este motivo contra el Infonavit. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los trabajadores tienen razón y que pueden reclamar su dinero sólo a través de un litigio. Actualmente, el dinero de esos trabajadores es entregado al gobierno federal para "fondear" la pensión; si eso ya sucedió, de acuerdo con la iniciativa, el trabajador recibiría su dinero en 36 mensualidades.
Dos. Incorporarán a más personas a la base de derechohabientes. Las personas que dejaron de trabajar en el sector privado -y que por ende cotizaron alguna vez al Infonavit-, empleados de estados y municipios y quienes tributan bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repeco), podrán hacer aportaciones mensuales equivalentes al 5 por ciento de una aportación patronal y obtener un crédito para comprar vivienda, tradicional o de algún subproducto.Infonavit tiene una base de 25 millones de extrabajadores de la iniciativa privada que podrían participar, si cotizaron al instituto dos años. Se establecerá la aportación con base en el nivel de ingresos estimado. Repecos son entre dos y cinco millones y empleados municipales y federales 800 mil.
Tres. Los trabajadores de hasta 30 años con ingresos de hasta cuatro salarios mínimos podrán usar el crédito del Infonavit con el 5 por ciento patronal aportado en el instituto -como hoy sucede- más hasta el 30 por ciento de lo que tenga en su cuenta para el retiro (Afore). Una vez pagado el crédito, en un lapso de 15 o 20 años, si sigue cotizando, un 4 del 5 por ciento de lo aportado por el patrón se sumará a su cuenta para el retiro, para tener una mejor pensión.
Cuatro. El Infonavit manejará la aportación patronal del 5 por ciento de los trabajadores en dos cuentas, gradualmente: una con el uno por ciento -subcuenta de vivienda- y otra con el 4 por ciento -fondo pensionario-. Esta última será administrada por una Afore del Infonavit que podrá invertir en una canasta de instrumentos más amplia. Borrás explicó que actualmente el Infonavit opera ese 5 por ciento en una cuenta.
Cinco. El Infonavit podría emitir cover bones (bonos cubiertos) en todo el mundo -hoy sólo puede hacerlo con inversionistas nacionales- y en varios plazos -hoy sólo a largo plazo-, para ampliar su capacidad de financiar sus programas de crédito. También podría endeudarse. Hoy sólo emite Cedevis.
Cabe señalar que hoy el Infonavit sólo puede invertir en créditos hipotecarios y con la reforma "podríamos invertir en esquemas que generen más interés. Nos va a permitir invertir en valores, no en bolsa, pero sí en Borhis, en otros papeles", indicó. "El Infonavit ampliaría su capacidad de obtener recursos en los mercados para seguir financiando los programas de crédito que tenemos", indicó.

miércoles, 24 de marzo de 2010

Preocupante situación del fondo laboral del IMSS


El pago de jubilaciones y pensiones que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene comprometido con sus trabajadores sindicalizados, dejará al organismo en 2013 sin una tercera parte de sus reservas financieras, lo que equivale a alrededor de 47 mil millones de pesos.
Ante tal escenario, el IMSS aún no ha planteado una estrategia de corto plazo que permita obtener más recursos ante el agotamiento de los 47 mil 400 millones de pesos que corresponden al Fondo Laboral y que es la única subcuenta que, de acuerdo con la Ley del Seguro Social, está permitida utilizarse.
En entrevista con EL FINANCIERO, Mario Martínez Déctor, integrante del Consejo Técnico del IMSS, aseguró que las reservas financieras son "intocables", y al agotarse el Fondo Laboral, no sólo el Instituto sino también el Estado tendrán que sentarse a discutir una opción para evitar usar las demás reservas.
A la fecha, detalló, el IMSS ha utilizado cerca de seis mil millones de pesos del Fondo Laboral, los cuales fueron autorizados tanto por la ley como por el Consejo Técnico.
En 2011 la situación se agravará, pues al término de ese año se tiene proyectado que sólo quedarán 14 mil millones de pesos, es decir a esa fecha las reservas habrán sido agotadas en 70 por ciento.
"Son intocables las otras reservas. Si no alcanzara este fondo destinado para los que se jubilan, se tendrán que tomar nuevas medidas, y para eso tenemos apenas tres años para ver cómo fortalecer las cuentas y soportar el problema del régimen de jubilación."
Obligaciones
Y es que partir de las reformas a la Ley del Seguro Social, en 2001, y con el fin de cubrir sus obligaciones como asegurador y patrón, se conformó la reserva del Fondo Laboral, que es la única de la que puede disponer para cumplir sus obligaciones como patrón.
En el último año esa subcuenta -que es la segunda en importancia de las reservas del IMSS, al representar 33 por ciento del total de 142 mil millones 608 mil pesos- tuvo una reducción, al pasar de 47 mil 400 millones de pesos a 42 mil 500 millones.
Martínez Déctor advirtió que en 2009 alrededor de 17 mil 600 trabajadores fueron jubilados y pensionados.
Esa cifra en el Instituto seguirá al laza este año y los siguientes, y aunque en 2013 bajará un poco el número de trabajadores, no será posible jubilar y pensionar a 90 por ciento de los sindicalizados, es decir 338 mil 400 personas.
"Se van a tener que tomar decisiones entre éste y el próximo año hacia futuro. Tenemos que pensar qué es lo que vamos a hacer, porque el régimen de jubilaciones y pensiones va en ascenso. Tendremos que pensar en crear servicios generales, materiales y suministros e inversión física para aumentar nuestros ingresos."
En el tema de las finanzas del IMSS el Estado jugará un papel importante, ya que "el Instituto es el organismo en materia de salud más importante de México, y por eso hay que salvarlo".
Las otras reservas del IMSS son: Reservas Operativas (RO), la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento (ROCF), las Reservas Financieras y Actuariales (RFA), y la Reserva General Financiera y Actuarial (RGFA).
Tomado de Síntesis ejecutiva, portal del IMCP 24 de marzo 2010

viernes, 19 de marzo de 2010

Acerca de proveedores de e-facturas


El contribuyente cuenta con 3 soluciones tecnológicas para emitir comprobantes fiscales digitales; contratar los servicios de un proveedor, la alternativa más recomendada por los especialistas.
La disposición del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que obliga a los contribuyentes que emiten comprobantes fiscales por un importe mayor a 2,000 pesos a migrar a un esquema digital, implica la adquisición o diseño de una solución tecnológica que te ayude en esta tarea. Aquí te decimos qué tipo de soluciones existen en el mercado y lo que debes tomar en cuenta para elegir el mejor proveedor de acuerdo a tus necesidades en la emisión de facturas electrónicas.
La primera opción que salta al a vista es programar tu propia solución, alternativa que sólo es recomendable para grandes empresas que cuentan con un departamento de informática, porque de lo contrario, sólo enfrentarás complicaciones, dijo Marco Antonio Bolaños especialista de la Asociación Mexicana de Comercio Electrónico (AMECE).

"La segunda opción es contratar los servicios de un buró de servicios de comercio electrónico o adquirir un software", explicó el especialista. Los burós de servicios de comercio electrónico, son empresas que desarrollan la tecnología de acuerdo a los estándares marcados por el SAT para la expedición y administración de comprobantes fiscales digitales. En este caso, el contribuyente accede a la plataforma tecnológica del proveedor a través de internet desde cualquier computadora. Pero existen otros proveedores que comercializan herramientas tecnológicas in house que puedes instalar en tu computadora, sin tener que acceder a internet.

Los detalles que debes priorizar al momento de tu elección, según especialistas consultados son:
1.Comprobar que se trata de un proveedor certificado por el SAT.

2.En el caso del burós de servicios de comercio electrónico, consulta el listado en www.sat.gob.mx/sitio_Internet/e_sat/comprobantes_fiscales/15_8951.html

3.En el caso de los proveedores de soluciones in house puedes consultar la lista de AMECE en www.amece.org.mx/amece/directorio/result_bsq.php?tipo=2&val_2=1

4. El segundo punto es la comparación de precios, ya que al existir 22 empresas certificadas que se dedican a brindar este servicio, lo más recomendable es que investigues el costo-beneficio, antes de elegir.

5.Realiza una preselección de dos o tres proveedores y solicita una demostración de su servicio para que te quede claro las ventajas que cada solución te ofrece.

"El precio está en función del proveedor y del volumen de operaciones, pero en promedio puede ir desde 3 a 300,000 pesos", dijo Bolaños. Entre las empresas que ofrecen estos servicios se encuentran: Buzón Fiscal, Buzón E, Interfactura, e-Factura, Edicom, Pegaso Digital, IT Complement, MasFactura, etc.

Tomado de:
(Astrid Espinoza / CNNExpansion.com) 19 de marzo de 2010

miércoles, 17 de marzo de 2010

Nuevos formatos ante el IMSS


Conforme se comento en el artículo anterior lo relativo al Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS, Acuerdo ACDO.SA1.HCT.240210/42.P.DIR , se publican 3 nuevo formatos para registro patronal y riesgos de trabajo, por virtud de este acuerdo se aprueban las nuevas formas a utilizar por los patrones personas físicas y morales para inscribirse ante el Seguro Social y comunicar las modificaciones relativas al Seguro de Riesgos de Trabajo.

Los nuevos formatos vigentes a partir del 18 de marzo son los siguientes:


Cabe mencionar que en la publicación de este Acuerdo en el DOF se hace mención de la documentación que debe acompañar a cada trámite, ya que cada formato trae su respectivo instructivo tanto de llenado como de documentación anexa.


Acuerdo del H. Consejo Técnico del IMSS del 17 de marzo de 2010


ACUERDO ACDO.SA1.HCT.240210/42.P.DIR del H. Consejo Técnico por el que se aprueba modificar el Anexo Unico del Acuerdo número 290/2005, contenido en la nota aclaratoria publicada el 24 de febrero de 2006, y los formatos Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio, Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio y Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo.

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 24 de febrero del presente año, dictó el ACDO.SA1.HCT.240210/42.P.DIR, en los siguientes términos:

Primero.- Modificar el Anexo Unico del Acuerdo número 290/2005, contenido en la Nota Aclaratoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2006, con la finalidad de precisar y adicionar diversos datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar, a los trámites de registro patronal inicial; de inscripción de las empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo; y de modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo, el cual se acompaña al presente, como Anexo Uno.
Segundo.- Aprobar los formatos 'Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio' (Anexo Dos); 'Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio' (Anexo Tres); y 'Aviso de modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo' (Anexo Cuatro); y sus respectivos instructivos.
Tercero.- Dejar sin efectos los formatos denominados 'Inscripción de las Empresas y Modificaciones en el Seguro de Riesgos de Trabajo' (CLEM 01) y ‘Aviso de Inscripción Patronal o de Reanudación de Actividades’ (AFIL 01-A), publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 1o. de noviembre de 2005 y el 1o. de agosto de 2006, respectivamente.
Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica para que, previo dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, realice los trámites necesarios para la publicación del presente Acuerdo y sus respectivos anexos en el Diario Oficial de la Federación.
Quinto.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que realice las acciones necesarias, a efecto de que las disposiciones de los puntos Primero, Segundo y Tercero del presente Acuerdo, sean de observancia general en Delegaciones, Subdelegaciones y demás Unidades Administrativas que correspondan a Nivel Normativo.
Sexto.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

Por lo anterior expuesto, este acuerdo del H. Consejo Técnico es vigente a partir del día 18 de marzo de 2010, en breve tendremos comentarios al mismo.

martes, 16 de marzo de 2010

Acuerdo del H. Consejo Tecnico del IMSS del 16 de marzo de 2010


Acuerdo ACDO.SA1.HCT.240210/43.P.DIR del H. Consejo Técnico por el que se autoriza a la Dirección de Incorporación y Recaudación para liberar la aplicación informática que permitirá a los patrones o sujetos obligados a que se refiere el tercer párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social, cumplir con la obligación prevista en el sexto párrafo del mismo precepto legal, a través del Sistema de Cómputo denominado IMSS Desde Su Empresa
DOF del 16 de marzo de 2010

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el 24 de febrero del presente año, dictó el ACDO.SA1.HCT.240210/43.P.DIR, en los siguientes términos:

Primero.- Autorizar a la Dirección de Incorporación y Recaudación para liberar la aplicación informática que permitirá a los patrones o sujetos obligados a que se refiere el tercer párrafo del artículo 15-A, de la Ley del Seguro Social, cumplir con la obligación prevista en el sexto párrafo del mismo precepto legal, a través del Sistema de Cómputo denominado 'IMSS Desde Su Empresa' (IDSE).
Segundo.- Para efectos del artículo 75 de la Ley del Seguro Social, el registro patronal por cada una de las clases será otorgado conforme a lo dispuesto en dicha norma, a los patrones o sujetos obligados a que se refiere el tercer párrafo del artículo 15-A, del ordenamiento legal supracitado, mismo que será asignado conforme al Trámite de Alta Patronal e Inscripción en el Seguro de Riesgos de Trabajo.
Tercero.- Instruir a la Dirección de Incorporación y Recaudación, para que establezca los procedimientos técnicos y operativos que sean necesarios, a fin de que los difunda a los Organos de Operación Administrativa Desconcentrada y sus Organos Operativos, y atienda las consultas que le formulen éstos.
Cuarto.- Instruir a la Dirección Jurídica, para que realice los trámites necesarios para la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Quinto.- El presente Acuerdo, entrará en vigor el día diecisiete de marzo de dos mil diez, a fin de que los patrones o sujetos obligados den cumplimiento a la obligación establecida en el sexto párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social”.

Adios a la factura de papel


Los comprobantes fiscales por más 2,000 pesos deberán ser digitales a partir de 2011; estos comprobantes generan un ahorro superior al 50% de los costos del proceso de facturación: SAT.
A partir del 1 de enero del 2011 la mayoría de los contribuyentes tendrá que emigrar al esquema de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) que en 2004 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso en marcha.
"De acuerdo a las modificaciones al Código Fiscal de la Federación publicadas en noviembre del 2009, los contribuyentes que emitan algún comprobante fiscal (factura, recibo de honorarios, etc) por un importe mayor a 2,000 pesos, tendrán que hacerlo a través del esquema de CFD", dijó Marco Bolaños, especialista de la Asociación Mexicana de Comercio Electrónico (AMECE).
Actualmente varias empresas ya emiten comprobantes fiscales digitales aún cuando no es obligatorio, debido a las ventajas que ofrece, explicó el experto.
EL CFD es un mecanismo de comprobación de ingresos, egresos y propiedad de mercancías en traslado por medios electrónicos, señala el SAT en su página web.
"El CFD abarca varios documentos de contribución, dependiendo del régimen fiscal, pero se podría decir que los más comunes son la factura y recibo de honorarios electrónico". Estos instrumentos sirven para comprobar la realización de una transacción, comenta Bolaños.
Ventajas
Entre los principales beneficios destacan:
Ahorro superior al 50% de los costos del proceso de facturación (gastos de papelería, bodegas de almacenaje y envíos).
Reducción de tiempos y procesos administrativos
Brinda rapidez y seguridad en el intercambio de información
Agiliza la recepción de mercancía, lo cual se traduce en un importante incremento de la productividad.
Asegura confidencialidad en el manejo, resguardo y envío de comprobantes fiscales
Disminuye la posibilidad de falsificación
Estos beneficios han propiciado que cada día un mayor número de contribuyentes emigren hacia este esquema.
De 2005 al 01 de marzo de 2010, alrededor de 28,756 contribuyentes han seleccionado algún esquema de CFD, de los cuales 18,839 son personas físicas y 9,917 son personas morales, según datos publicados por el SAT en su página web.
"Aunque implica un cambio de cultura y una reingeniería de los procesos, las obligaciones fiscales se simplifican. Facilita los procesos de auditoría, ya que permite la búsqueda y localización rápida y en un mismo lugar (de los documentos)", señala Bolaños.




Tomado de :
Publicacion digital IMCP


Astrid Espinoza

miércoles, 10 de marzo de 2010

Declarasat 2010


En el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria se da a conocer el DeclaraSAT 2010.

Declarasat 2010, Sistema para elaborar y presentar la declaración anual de personas físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2009.

Vea los siguientes videos tutoriales para:




Descargar archivo ( 14,300 kB) Declarasat 2010 esta versión deja sin efectos a todas las versiones de años anteriores.


Para ver el contenido completo de este documento, de click aquí.